Los jueces de la Audiencia Nacional protegen a los torturadores franquistas

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Cristina Fallarás

Se llama Antonio González Pacheco (Aldea del Cano, Cáceres, 1946). Se apoda Billy El Niño y es un conocido torturador que gozaba aplicando sus tormentos en la Dirección General de Seguridad franquista. Los relatos de sus víctimas son sobrecogedores y de dominio público. Con la Transición se convirtió en inspector del Cuerpo Superior de Policía y en 1977, Rodolfo Martín Villa le concedió la Medalla al Mérito Policial.

Martín Villa fue presidente de Endesa antes de que José María Aznar lo pusiera al frente de la gestión del Prestige (2003), antes de que Jesús de Polanco lo nombrara presidente de Sogecable (2004), antes de que Luis de Guindos lo designara consejero del Sareb, el Banco malo (2012). Pero antes, mucho antes de todos esos democráticos nombramientos, fue uno de los responsables de la Matanza del 3 de marzo (1976) en Vitoria, donde murieron cinco trabajadores y más de 150 resultaron heridos. O sea, responsable de la mayor carnicería de la Transición. Pero eso fue antes de tanto nombramiento.

De hecho, un año antes de condecorar al sanguinario torturador conocido como Billy El Niño.

Y todo lo anterior contribuye a entender el papel de la recién nombrada presidenta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Concepción García Espejel –‘Concha’, amiga de María Dolores de Cospedal, secretaria general del PP–, su responsabilidad en el hecho de que el torturador siga en la calle con todos sus derechos intactos, protegido además.

El 18 de septiembre de 2013, la jueza argentina María Servini de Cubría dictó orden de busca y captura, a través de Interpol, contra cuatro torturadores franquistas: Antonio González Pacheco, alias Billy el Niño; José Ignacio Giralte González, Celso Galván Abascal, y contra el guardia civil Jesús Muñecas Aguilar, por torturas y crímenes de lesa humanidad perpetrados durante la dictadura.

Concepción García Espejel presidió el tribunal de la Audiencia Nacional que no solo consideró que no se trataba exactamente de torturas, sino que, si había algún delito, ya había prescrito. Además, dictó un auto previo prohibiendo a los medios de comunicación fotografiar la cara del “reclamado” y suspendió las medidas cautelares ordenadas por el juez Pablo Ruz: retirada del pasaporte, obligación de comparecer semanalmente en el juzgado y de facilitar un teléfono de contacto en el que estar permanentemente localizable.

Para prohibir la fotografía o grabación de Billy El Niño, el tribunal de Espejel argumentaba que era “esencial destacar que el reclamado ha mostrado su oposición clara y contundente a que su imagen sea grabada en la vista y posteriormente reproducida por los medios de comunicación”. Se sumaban a la petición del torturador la defensa y el Ministerio Fiscal. Asimismo, el Tribunal presidido por Espejel argumentaba que entre los derechos de Billy El Niño, “cuyo conflicto con el de información habrá de resolverse en cada caso concreto conforme a las exigencias del principio de proporcionalidad y ponderación, se encuentra el derecho a la propia imagen”. Finalizaba el auto: “Atendidas la ausencia de consentimiento del afectado y las razones invocadas por su defensa, en aras a salvaguardar su integridad física, se autoriza exclusivamente un barrido posterior desde el fondo de la Sala”. O sea, el cogote.

De nada sirvió que las asociaciones de víctimas denunciaran dicha decisión. El 10 de abril de 2014, la hoy presidenta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional prohibió a los medios de comunicación difundir cualquier imagen de la cara del torturador.

Veinte días después, el 30 de abril de 2014, Espejel presidió el tribunal que tenía que conceder o no la extradición de Billy El Niño a Argentina “para ser juzgado por delitos de torturas constitutivas de delito de lesa humanidad”. Se denegó la extradición, para empezar, “al estar prescritos los hechos conforme a la legislación española del delito por el que se le reclama”.

Pero, además, añadía: “No todo delito de tortura es, per se, delito de lesa humanidad, porque tales delitos conllevan necesariamente como presupuesto inexcusable que los mismos ‘se cometan como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil’, lo que no se aprecia en el caso”.

Y, finalmente, el tribunal presidido por Espejel ofrecía una singular clasificación de las torturas sobre la que basaba la negativa de extradición del torturador: “Algunas de las denuncias narran detenciones por motivos políticos, por manifestarse las víctimas contra hechos cometidos por la dictadura franquista en cuanto tal, y otras, por el contrario, son víctimas ajenas a la reivindicación política, tratándose de torturas perpetradas tras detenciones verificadas en una manifestación contra la carestía de la vida; otras, finalmente, en relación con personas a las que se consideraba próximas a organizaciones terroristas”. No se indicaba cuál de ellas, si es que había alguna, era considerada delito por el tribunal.

La jueza que le protege

El papel del PSOE

Además de la extradición de los agentes torturadores, la jueza Servini, en el marco de la llamada Querella Argentina, solicitaba a España la de tres ministros franquistas: Alfonso Osorio, Rodolfo Martín Villa y José Utrera Molina, acusados de crímenes contra la humanidad cometidos de tres ministros franquistas: Alfonso Osorio, Rodolfo Martín Villa y José Utrera Molina, acusados de crímenes contra la humanidad cometidos durante la dictadura de Franco.

En aquel momento, exactamente el 29 de abril de 2015, el PSOE se unió al ministro Rafael Catalá y rechazó la extradición. Entre otros argumentos de difícil defensa, el diputado socialista José Ignacio Sánchez Amor declaró en el Congreso de los Diputados que “en una democracia, los verdugos también tienen derechos, nosotros se los hemos dado”.

La decisión del PSOE no sorprendió a las asociaciones pro derechos humanos ni a las víctimas. Sólo cuatro meses antes, todos los damnificados habían celebrado en el Congreso un acto por los Derechos Humanos para pedir a la Cámara que colaborara con la Querella Argentina. El 10 de diciembre de 2014, ante dicha delegación, el 90% de los diputados decidió no acudir a la Cámara. Exactamente los pertenecientes a PP, PSOE, UPyD y CiU.

Por parte del PSOE sólo acudieron Odón Elorza e Ignacio Sánchez Amor, en calidad de “público”.

Los torturadores y asesinos de la dictadura franquista jamás han sido juzgados, ya que se beneficiaron de la Ley de Amnistía aprobada en 1977. Dicha estratagema, una ley de punto final encubierta, consiguió dejar impunes todos los delitos del franquismo.

En diciembre de 2016, Podemos presentó una Proposición no de Ley para que se modificara la Ley de Amnistía y se añadiera un artículo estableciendo que no se aplicaría en los casos “de torturas, desapariciones forzadas, crímenes de genocidio o de lesa humanidad”. La coalición morada se amparaba en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas, que España suscribió en abril de 1977. De hecho, el relator especial de la ONU del Consejo de Derechos Humanos, Pablo De Greiff, ya había instado al Gobierno español a dejar sin efecto la Ley de Amnistía, y denunciado su uso como herramienta política.

El 20 de diciembre de 2016, el PSOE, junto con PP y Ciudadanos, vetaron dicha modificación.

Decenas de denuncias

Esta semana, decenas de víctimas de los suplicios de Billy el Niño acudirán a los tribunales españoles a denunciar al torturador franquista. Consideran que se trata de crímenes de lesa humanidad, y por lo tanto deben ser juzgados y no prescriben.

Teniendo en cuenta la premiada trayectoria política y empresarial de Rodolfo Martín Villa, uno de los reclamados por la jueza Servini por crímenes contra la Humanidad, se hace difícil contemplar la posibilidad de éxito de su empeño. Más, considerando que han pasado solo dos años desde que el PSOE se unió al rechazo de su extradición, algo que al PP se le suponía.

Si además se observa que la presidenta del tribunal que lo dejó en libertad es la misma que acaba de ser nombrada presidenta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, el retrato que arrojan las mayorías políticas de este país es la cara de la cruz de dichas víctimas.

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