La Unión Europea; la falsa esperanza de interinos y temporales

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En septiembre de 2019, Unidad y Lucha publicó un extenso artículo — La precarización del trabajo público en la estrategia del capital (Parte 1) y La precarización del trabajo público en la estrategia del capital (Parte 2) — en el que se denunciaba la creciente precarización del trabajo en el sector público y como esta no era sino parte de un diseño acorde con las perspectivas del capital transnacional y en concreto del europeo.

Desde entonces el abuso de contratación temporal en las Administraciones públicas españolas no ha dejado de aumentar. En 2016 ya superó al del sector privado y actualmente se sitúa en torno al 30 %, alejándose de ese 8 % que, en su momento la agrupación de representantes empresariales y sindicales (UNICE, CEEP Y CES) se marcaron como objetivo en la famosa Directiva Europea 70/99. Ni las amenazas de sanción por parte de la UE en 2014 –después ha habido otras-, los acuerdos para la estabilización con la burocracia sindical en 2017 y 2018, ni la ley para la estabilización 20/2021 y su ampliada Ley 5/2022 han conseguido reducir significativamente esta penosa y singular situación de la que poco se habla en los medios burgueses.

Recientemente, los trabajadores y trabajadoras públicos precarizados hemos vuelto a reproducir el mismo estado de inquietud y esperanza que vivimos en aquellas fechas previas a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19 de marzo de 2020. Entonces se esperaba la respuesta a una prejudiciales lanzadas por un juzgado de la Contencioso Administrativo de Madrid ahora, cinco años más tarde, la respuesta a otras prejudiciales han visto la luz en sendas sentencias de 22 de febrero de 2024, en lo social y 13 de junio en lo contencioso administrativo.

El alto tribunal europeo se ha pronunciado en numerosas ocasiones sobre el sistemático incumplimiento de la directiva europea en la función pública española alegando, entre otros argumentos, no haberse adoptado medidas que prevengan y sancionen adecuadamente el abuso de contratación. Pero, si algo hemos aprendido los que llevamos años en esta lucha, es que la ley, su aplicación y las invocaciones judiciales a su cumplimiento no son más que construcciones ideales que poco tienen que ver con la realidad material de quienes, después de veinte años, siguen trabajando en precario aunque ahora se vean envueltos en promesas legales, sentencias, y razones de lógica formal.

El error que se sigue cometiendo por parte de muchas organizaciones y plataformas de personal interino como por algunos sindicatos y juristas bienintencionados, es pensar que esta prolongada pesadilla iba a ser resuelta de una forma literal, bien a través de una efectiva sanción administrativa bien a través de una sencilla reforma legislativa. Ya hemos visto que no, nos falta despertar del ensueño idealista.

Desde sus orígenes la Unión Europea ha sido una elaborada construcción supranacional por y para el capital corporativo y transnacional, por y para los monopolios y las oligarquías, más allá de que en algunos ámbitos podamos reconocer una labor técnica positiva. Desde nunca la UE, incluida su judicatura, encarnó la lucha por la defensa de los derechos de la clase trabajadora, ahora tampoco lo hará.

Ni el Alto tribunal europeo (TJUE) ni la Comisión ni el Consejo han sido capaces de hacer prevalecer sus anunciados criterios (no discriminación, prevención y sanción) sobre las jurisdicciones nacionales, Ni siquiera en un asunto tan esencial como es el abuso de contratación y la discriminación del personal interino y temporal. En el caso del Reino de España, esta supremacía se reconoce, de manera explícita, en la Ley Orgánica del Poder Judicial a través del artículo 4 bis, donde se indica que “Los Jueces y Tribunales aplicarán el Derecho de la Unión Europea de conformidad con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea”. ¿Pero, entonces?

Que después de 23 años de la entrada en vigor de la Directiva UE70/99 sigamos esperando de la bandera azul estrellada la capacidad de enmendar la plana a nuestra reaccionaria judicatura, es cuando menos, de una profunda ingenuidad, alimentada, eso sí, por leguleyos ávidos de nuevos clientes, de nuevos demandantes de fijeza que llenen sus carteras.

Todas las sentencias del TJUE, incluyen una estudiada y medida dosis de ambigüedad como para salvar la cara de legisladores y tribunales nacionales. El error de partida es pensar en una confrontación institucional entre este alto tribunal y las instancias nacionales. Despertemos de una vez, hay un acuerdo implícito entre las instituciones de la Unión Europea y las de cada estado para amortiguar aspiraciones que, si son de la clase trabajadora, y especialmente si se oponen al programa capitalista liberalizador, son relegadas.

En esta última sentencia del TJUE de 13 de junio de la que algunas “eminencias” del derecho ya nos anunciaron que iban a ser mucho más contundente, favorable, que la del 22 de febrero -se equivocaron- nos encontramos un nuevo concepto legal: <<contra legen>>, en el sentido de que las medidas recomendadas son las de siempre pero nunca contra el derecho nacional. Una contradicción que algunos juristas han querido pasar por alto para seguir en la pomada del negocio de la fijeza.

Pocos de estos juristas han sido lo sufrientemente honestos como para reconocer que el TJUE, en su sentencia del 13 de junio, hace prevalecer la aplicación del Derecho nacional sobre el principio de primacía del Derecho de la Unión Europea. Y por si esto fuera poco las últimas amenazas en la apertura de expediente contra el Reino de España por este asunto han resultado ser solo eso, una amenaza, que ha sido finalmente retirada ante la promesa de una nueva Ley de función pública, de la que ya conocemos su borrador, que no hace sino anunciar las viejas pretensiones liberalizadoras de la UE; menos funcionarios, más facilidades de cese a través de la “evaluación del desempeño”.

Después de tantos años ya sabemos que es la propia UE la que promueve la privatización de los servicios públicos a través de procedimientos como las leyes ómnibus y las cooperaciones publico-privadas, por poner solo dos ejemplos, y que la precarización del personal de las Administraciones Públicas en el Estado español es un principio estructural al que no renuncian ni nuestros legisladores ni la judicatura nacional porque cumple una doble función: somete y desvaloriza el trabajo al tiempo que previene obstáculos para los nuevos recortes ante nuevas crisis sistémicas por venir.

La justicia no es un ideal ni una ley de la naturaleza que hay que desentrañar, es un instrumento que sirve a la clase dominante y, para el caso que nos ocupa la UE, la judicatura española y los legisladores nacionales están en el mismo bando y se sirven los unos de los otros.

Este implícito acuerdo de las superestructuras europeas tiene que ser desenmascarado por quienes nos organizamos para reclamar mayor estabilidad laboral y menor discriminación por razón del tipo de contrato. Organicémonos para resistir y para reclamar mejores condiciones laborales en la Administración y en las empresas Públicas pero siendo conscientes de que las instituciones europeas, la judicatura española y los legisladores del Reino de España juegan en el otro bando y que los intereses de la clase trabajadora no son su prioridad.

En 2019 advertíamos de que gran parte de ese conglomerado espontáneo y lobista de asociaciones y plataformas de interinos/as lloraba a la Unión Europea como lo hace un niño que ya agotó todas las súplicas ante mamá y ahora acude a Papá con la misma solicitud sin haberse dado cuenta de que ambos progenitores comparten los mismos intereses.

Organicémonos desde una perspectiva de clase denunciando esta connivencia y exigiendo condiciones laborales que hagan cada día más difícil la discriminación y el abuso. No nos distraigamos con las proclamas formales de la burguesía con relación al acceso a la función pública (igualdad mérito y capacidad), ya accedimos a la Administración, hemos demostrado el mérito durante largos años y no fuimos cesados por incapacidad.

Seamos realistas, no esperemos una victoria legal épica que sea proclamada en los medios para mayor gloria de la Unión Europea y su omnisciente justicia. Marquémonos objetivos precisos como es la sanción al abuso de temporalidad a través de indemnizaciones suficientes y disuasorias similares, al menos, a las que ya son reconocidas en el sector privado.

Organicémonos para reclamar la convocatoria sistemática de Ofertas Públicas de Empleo y el acceso a la carrera profesional desde el minuto uno, pero antes de eso, luchemos para defender y recuperar las empresas y servicios públicos para que, mañana, haya trabajo que ofertar y condiciones laborales que defender.

Fernando Gata | Unidad y Lucha

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