Los Estados Unidos están desesperados para imponer el bloqueo naval contra la República Popular Democrática de Corea.

Para preparar el pretexto legal del bloqueo, el Departamento de Estado pretende cambiar la frase de “consentimiento del país al que está registrado el barco” y “motivo apropiado”, estipulada en la “resolución de sanción” no. 2375 de la ONU, por la de “usando todos los medios”, insistiendo en que “se observa de continuo la circunstancia en que el Norte de Corea utiliza los barcos sancionados en las actividades ilegales ateniéndose a las leyes a su conveniencia”.

También reclaman el bloqueo marítimo sobre la RPDC el asesor de Seguridad Nacional de la Casa Blanca y otros altos funcionarios de la administración Trump y los congresistas intransigentes anti-RPDC.

No se puede perdonar nunca esa medida que constituye flagrante violación de la soberanía y dignidad del Estado soberano.

El intento de EE.UU. de tomar en el tiempo de paz esa medida punitiva contra la RPDC y asfixiarla en lo económico forma parte de su premeditada campaña para recrudecer el bloqueo político y económico que perdura varios decenios.

Para el mismo fin, viene elevando el grado de presión económica contra la RPDC armando la campaña colectiva de sanción y bloqueo. A citar un ejemplo, fabricó y aplicó la “iniciativa de seguridad contra la proliferación” y la “iniciativa de seguridad marítima regional” y otras.

Bajo el pretexto de prevenir la “proliferación de armas de exterminio masivo”, condujo los ejercicios internacionales de interceptación marítima contra la RPDC.

Desde el segundo semestre de este año, la comandancia de fuerzas norteamericanas del Pacífico prepara en etapa crucial las operaciones de bloqueo marítimo.

Al trasladar en el mes pasado el proyecto de ejecución de esas operaciones a los títeres surcoreanos, asignó a las fuerzas navales del Sur de Corea, Japón y EE.UU. la misión de encargarse de las aguas internacionales de los Mares Este y Oeste de Corea, el alta mar del Mar Este y la zona marítima al sur de la isla Jeju, respectivamente.

El Tratado de Londres sobre la Definición de la Agresión y la resolución no. 3314 de la Asamblea General de la ONU establecen que la sanción por el estilo de bloqueo sobre un Estado soberano en el tiempo de paz significa un ilegal acto de agresión.

Insatisfecho de los seguidos ejercicios de guerra nuclear anti-RPDC de mayor envergadura, desarrollados en el mar y el aire mediante el traslado de numerosas propiedades estratégicas a la Península Coreana, EE.UU. reclama hasta el bloqueo marítimo, lo cual resulta un crimen de guerra que lleva la situación a la fase “incontrolable” y al borde de guerra.

El bloqueo naval anticoreano comenzó ya hace mucho tiempo, pero no puede asustar ni poner de rodillas al pueblo coreano.

Si la banda de Trump muestra algún menor gesto para poner en práctica su intento de bloqueo marítimo, no se hará esperar la implacable contramedida de autodefensa de la RPDC.

EE.UU. y sus seguidores deben actuar con prudencia reflexionando de las consecuencias catastróficas del bloqueo naval anti-RPDC.

Escrito por Jong Hyon.

KCNA

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