En los últimos cuatro meses, 2.000 “chalecos amarillos” han sido condenados por los tribunales y 1.800 están a la espera de juicio. Hemos analizado más de 400 condenas con penas firmes o suspendidas en todo el país para conocer los hechos, la celeridad del proceso -y las cuestiones que esto puede plantear en términos de derechos de la defensa- y el nivel de severidad de las penas impuestas. Los datos revelan una parte del lado judicial sin precedentes de la represión de este movimiento.
En cuatro meses de movilización y veinte jornadas de manifestaciones, 2.000 participantes en el movimiento de los “chalecos amarillos” han sido condenados, según la ministra de Justicia Nicole Belloubet. ¿Son justos los juicios, muchos de los cuales se celebraron en el contexto de un procedimiento de comparecencia inmediata? ¿Estamos asistiendo a un sistema de justicia de emergencia, más severo, como lo denuncian algunos abogados? ¿El sistema judicial condena los “chalecos amarillos” incluso antes de que se cometan los actos? Para responder a estas preguntas, además de las cifras proporcionadas por el Ministro, hemos examinado los informes de los juicios que han seguido los periódicos locales y nacionales, así como los colectivos. Luego desarrollamos una base de datos que incluye 412 sentencias de prisión (con cárcel, condicional o ambas).
Según la ministra de Justicia, de las sentencias de 2000 anunciadas el 24 de marzo, “el 40 por ciento son penas de prisión fijas y el 60 por ciento son otros tipos de sanciones, como el servicio a la comunidad, la suspensión de la pena, etc.” Se dictaron 390 órdenes de detención: las personas fueron encarceladas antes o después de su juicio. Los tribunales pusieron en libertad a 100 acusados y cerraron 1.700 casos sin ninguna medida.
El número de condenados podría aumentar rápidamente: 1.800 personas están a la espera de juicio, en particular por las acusaciones más graves que requieren investigaciones más largas, como es el caso de los “daños cometidos en el Arco del Triunfo” el 1 de diciembre, según el Ministerio de Justicia. Por otra parte, no menos de 400 solicitudes se dirigieron a los jueces de menores después de que se detuviera a menores durante manifestaciones o acciones.
Demasiado para las cifras oficiales. ¿Pero por qué hechos fueron condenados los chalecos amarillos? ¿Qué tipo de condenas se han impuesto? ¿En qué condiciones se decidieron estas condenas? Nuestra base de datos no es exhaustiva y sólo recopila casos documentados. Las sentencias más duras atraen más la atención de los periodistas. Toda una serie de condenas – multas, servicios a la comunidad, quedan ocultas. A veces, si la sentencia informa de una condena, la razón no se ha especificado necesariamente. Sin embargo, nuestros datos sobre estas 412 condenas en todo el país revelan parte del lado judicial sin precedentes de la represión de este movimiento.
Según las condenas que hemos recopilado, la violencia contra la policía representa casi el 60 por ciento de los delitos imputados. Esta violencia es también uno de los actos más castigados: de 21 penas de prisión de dos años o más (con condicionnal y con cárcel), dos tercios se impusieron a personas declaradas culpables de actos de violencia contra la policía o la gendarmería. El lanzamiento de proyectiles es la primera forma de violencia de este tipo (60 por ciento), muy por delante de la violencia física (20 por ciento). Esta violencia física también se castiga más severamente: el 80 por ciento de las sentencias superan los seis meses de prisión, ya sea firme o suspendida. Las condenas por violencia contra personas que ejercen autoridad pública pueden ser de hasta siete años de prisión (artículo 222.13 del Código Penal).
Los daños materiales, que representan el 20 por ciento de las condenas registradas, son menos graves que la violencia contra las fuerzas del orden. El 80 por ciento de las penas impuestas son inferiores a seis meses de prisión, y la mitad de ellas no incluyen una pena de prisión. Tres cuartas partes de las destrozos fueron juzgadas más de 10 días después de los hechos. Estas condenas son las más severas (11 meses de media frente a 6 meses para las condenas rápidas). Los daños materiales pueden ser castigados con una pena de prisión de hasta dos años (artículo 322.1 del Código Penal).
De manera más general, el 80 por ciento de las sentencias que hemos identificado son menores de 12 meses en prisión o suspendidas.
El 70 por ciento de las condenas se dictaron en la semana siguiente al incidente, la gran mayoría en un plazo de 72 horas. A pesar de la rapidez y el riesgo de falta de preparación de la defensa, estas sentencias no han sido, en general, las más severas. Por término medio, las penas impuestas en los diez días siguientes al incidente son de 6,4 meses de prisión, incluida una pena firme y una pena suspendida. Cuando las sentencias se dictaron más de diez días después de los hechos, la severidad de las sentencias impuestas casi se duplicó: un promedio de 11 meses. Estos datos tendrán que cambiar, ya que los hechos más complejos y graves se presentarán ante los tribunales dentro de unas semanas, tras las citaciones de los agentes de la policía judicial o las remisiones de los jueces de instrucción.
Si nos fijamos en el número de condenas pronunciadas por las jornadas de los “chalecos amarillos”, destacan tres: la del 1 de diciembre (jornada III), con la violencia cometida en torno al Arco del Triunfo, la del 5 de enero (jornada VIII), con los enfrentamientos en el Puente de las Artes, la del 16 de marzo (jornada XVIII), con los daños sufridos por Fouquet y varias tiendas de lujo en los Campos Elíseos, que hasta ahora han sido las más “judicializadas”. Más de 40 sentencias de prisión fueron dictadas después de cada uno de estos días de acción, incluyendo casi 80 después del 1 de diciembre.
También comparamos el número de condenas por jornadas con los informes de violencia policial registrados por el periodista David Dufresne para Mediapart. Esto permite medir el nivel de violencia en ciertos días de manifestaciones, por el número de denuncias de manifestantes heridos y el número de personas detenidas y condenadas a penas de prisión. Evidentemente, no se trata de justificar a posteriori la violencia cometida por las fuerzas policiales en cuanto al número de condenas dictadas posteriormente, ni las cometidas por los manifestantes en cuanto al número de actos de violencia policial denunciados.
Por último, las manifestaciones no son la única ocasión de condenas por “chalecos amarillos”: el 20 por ciento de las condenas están relacionadas con hechos no relacionados con las manifestaciones. Siguiendo el ejemplo de un hombre de 28 años, muy activo en las manifestaciones de la rotonda y condenado a seis meses de cárcel en Narbona por emitir en las redes sociales, una llamada al bloqueo de la refinería de Port-la-Nouvelle.
https://www.bastamag.net/Pour-quels-faits-et-a-quelles-peines-de-prison-des-centaines-de-gilets-jaunes