La jueza Verónica Pena consideró que en la investigación fiscal fue probada la responsabilidad de los imputados como coautores de un delito de homicidio muy especialmente agravado.
Además delitos de abuso de autoridad contra los detenidos, lesiones graves y reiterados delitos de privación de libertad.
Rombys era el enlace de inteligencia (S2) y responsable de las detenciones y los interrogatorios en el departamento Treinta y Tres.
Maciel pertenecía al Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas (OCOA) y era responsable de la región cuatro, a la que pertenecía el Batallón de Infantería 10, en cuyas instalaciones Batalla fue asesinado.
Luis Batalla, de 32 años, fue detenido el 20 de mayo de 1972 y torturado durante cuatro días hasta su muerte.