Los dos casos contra mineras y petroleras que indígenas ecuatorianos ganaron ante la Justicia (y cuyas sentencias no se cumplieron)

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Representantes de las etnias waorani y cofán de la Amazonía ecuatoriana presentaron un recurso ante la Corte Constitucional para exigir el cumplimiento de los fallos dictados en 2018 y 2019.

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Edgar Romero G.— Indígenas de las etnias waorani y cofán de la Amazonía ecuatoriana presentaron un recurso ante la Corte Constitucional, en Quito, para exigir el cumplimiento de las sentencias dictadas a su favor en 2018 y 2019, que protegen miles de hectáreas de los intereses mineros y petroleros.

 

“Estamos aquí para pedirle (a los jueces) que se despierten, que nos hagan cumplir (las sentencias). Ya está hecho, lo único que queremos es que se cumpla“, dijo el presidente de la nacionalidad waorani, Gilberto Nenquimo, frente a la sede de la Corte Constitucional.

Nenquimo añadió que no llegaron a Quito para “molestar” a la Corte Constitucional. “Venimos a hacer una exigencia que está en la Constitución. Venimos desde nuestro territorio porque el Estado no ha cumplido con sus obligaciones, queremos que ya no nos mientan”, reclamó.

Por su parte, Gaba Guiquita, también de la etnia waorani, señaló que en 2019 le entregaron a la Corte el documento en el que constan sus victorias en las sentencias. “Ahora estamos aquí para que cumplan. El Estado violentó nuestro territorio, ahora tiene que cumplir con la reparación”, enfatizó.

“Con las sentencias creímos haber conseguido justicia, pero han pasado cuatro años sin el debido cumplimiento”, expresó, por su parte, Andrés Tapia, dirigente de comunicación de la Confederación de Nacionalidades Indígenas de la Amazonía Ecuatoriana (Confeniae).

Caso cofán

En relación con el caso de los cofán, en octubre de 2018, en una sentencia de segunda instancia, la Corte Provincial de Justicia de Sucumbíos, al noreste de Ecuador, ordenó revertir 32.000 hectáreas de 20 concesiones mineras otorgadas sin consultar previamente a la comunidad de Sinangoe.

El tribunal, además de revertir todas las concesiones que estaban operando, canceló el otorgamiento de las que estaban en trámite, que eran 32. También ordenó al Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE) la restauración ambiental de toda la zona afectada por la actividad minera.

No obstante, el Ministerio de Energía únicamente suspendió las concesiones, sin revertirlas al Estado; mientras que el MAATE no ha realizado ninguna acción de restauración ambiental en la zona, según denuncia la Confeniae.

“Exigimos a la Corte Constitucional que se dé cumplimiento a la reversión de las concesiones y a la reparación integral. Esto es muy importante porque nosotros hacemos uso del río, de los alimentos que provee el Aguarico, siempre hemos pescado ahí”, reclamó Wider Guaramag, presidente de la comunidad A’i Cofán de Sinangoe.

Caso waorani

Respecto al caso de los waorani, en abril de 2019, el Tribunal de Garantías Penales de la provincia de Pastaza, al oriente del país, resolvió que el Estado vulneró sus derechos a una consulta previa libre e informada y la autodeterminación de las comunidades demandantes, en relación con una licitación del bloque petrolero 22, que afecta algunos territorios ancestrales.

El tribunal reconoció que las comunidades no fueron consultadas en 2012 sobre la futura licitación de ese bloque, que, según la organización Amazon Frontlines, tiene un tamaño cercano a las 200.000 hectáreas y se superpone en un 16 % con territorios de 16 comunidades waorani.

El Gobierno, a través del Ministerio del Ambiente, apeló la decisión; sin embargo, la sentencia fue ratificada por la Corte Provincial de Pastaza, vetando así el ingreso de compañías petroleras al territorio de la comunidad indígena waorani.

En el fallo también se ordenó investigar a los funcionarios que estuvieron a cargo del proceso de consulta previa, así como la capacitación continua a los funcionarios del MAATE y del Ministerio de Energía y Minas para la comprensión de los derechos colectivos, procedimientos de consulta previa libre e informada y cosmovisión waorani.

Según la Confeniae, esa formación, que debe ser realizada con la respectiva participación de las comunidades, “no ocurrió”; así como tampoco se llevó a cabo la investigación a los funcionarios que cometieron la vulneración contra los indígenas.

“Recurrimos a la Corte Constitucional porque los ministerios no escuchan al juez provincial. Esperamos que además de hacer cumplir, se realicen procesos disciplinarios por el incumplimiento“, manifestó el martes Jorge Acero, defensor de derechos humanos y abogado de la comunidad cofán de Sinangoe.

Tema dentro del diálogo

El presidente de la Confederación de Nacionalidades Indígena del Ecuador (Conaie), Leonidas Iza, quien acompañó a los representantes de las comunidades waorani y cofán a la Corte Constitucional, dijo que el tema del incumplimiento a estas sentencias fue incluido en el diálogo que lleva adelante el movimiento indígena con el Gobierno nacional, que se instaló después del paro de junio pasado.

Iza precisó que el tema está incluido en la “Mesa 5”, referida a “Energía y recursos naturales”, de las 10 que se establecieron para tratar diferentes problemáticas.

Dijo que, además, “se han presentado los mecanismos de respeto a los derechos constitucionales y a nivel internacional” en la “Mesa 6”, en la que se tratan los “Derechos colectivos”.

La Constitución de Ecuador establece, en su artículo 57, 21 derechos colectivos a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas. Entre ellos están “conservar la propiedad imprescriptible de sus tierras comunitarias, que serán inalienables, inembargables e indivisibles”, “mantener la posesión de las tierras y territorios ancestrales y obtener su adjudicación gratuita”, “participar en el uso, usufructo, administración y conservación de los recursos naturales renovables que se hallen en sus tierras”, así como “la consulta previa, libre e informada […] sobre planes y programas de prospección, explotación y comercialización de recursos no renovables que se encuentren en sus tierras y que puedan afectarles ambiental o culturalmente”.

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