Odiar a la corona es delito en España

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Acusados de delito de odio dos antifascistas de Petrer por corear cánticos contra la corona española

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La Policía Nacional española ha denunciado dos jóvenes militantes de la Asamblea Popular de Elda y Petrer (APEP), localidades del Medio Vinalopó, por corear cánticos contra la corona, la policía y el Estado. Los hechos ocurrieron el pasado 4 de julio, tras una concentración en solidaridad con el rapero Pablo Hasél. Los encausados deberán declarar el próximo 3 de febrero

El próximo 3 de febrero, en el Juzgado de Instrucción número 3 de Elda, dos jóvenes militantes de la Asamblea Popular de Elda y Petrer (APEP) deberán declarar en calidad de investigados por un presunto delito de odio. Tal y como ha confirmado la defensa jurídica a la Directa , y corrobora el atestado policial, la denuncia la interpuso el Cuerpo Nacional de la Policía española, quien estuvo presente durante la concentración organizada por la asamblea el pasado 4 de julio, con el objetivo de solidarizarse con el rapero Pablo Hasél. Los agentes presuponen que “podría haberse incurrido un delito de odio, dadas las consignas proferidas por los allí presentes” contra la corona, la Policía y el Estado españoles.

La concentración se convocó tras la confirmación, por parte del Tribunal Supremo, de la sentencia de la Audiencia Nacional que condenaba a Hasél a una pena de nueve años de prisión. Tal y como explicaba la Directa , la defensa de Hasél había recurrido la condena de la Audiencia Nacional, que le inculpaba de un delito de enaltecimiento del terrorismo y de un delito de injurias a la corona y a las instituciones de la estado, extraídos de la canción Juan Carlos el Bobón y de la publicación de 64 mensajes en Twitter. Diego Herchhoren, abogado de Hasél, explicaba en el artículo que este delito tiene exceptio veritatis,ya que es posible “acreditar la veracidad de los hechos que se describen sobre los funcionarios públicos en el ejercicio de su cargo”. “Se le ha condenado por hacer un juicio de valor sobre unos hechos que son públicos”, añadía. A esta sentencia, se suman otras dos. El 5 de junio de 2020, el juzgado penal número 1 de Lleida condenaba el rapero a seis meses de prisión por un delito de lesiones por agredir a un periodista de TV3, así como a indemnizar a la víctima con 12.150 euros. Y el día 15 del mismo mes, el juzgado penal número 3 de Lleida le condenaba a dos años y medio de cárcel ya una multa de 2.400 euros por agredir a un hombre que declaró como testigo en un juicio por una presunta agresión de un agente de la Guardia Urbana de Lleida a un menor.

Unos hechos objetivos y una persecución sistemática

Es este principio de exceptio veritatis  lo que han argumentado desde la Asamblea Popular de Elda y Petrer en varios comunicados. Uno de los represaliados, quien quiere mantenerse en el anonimato y quien firmó la convocatoria del evento para pedir el permiso al Ayuntamiento, aseguró a la Directa que se corearon más de diez consignas durante la concentración. En cambio, la policía sólo ha recogido tres en la denuncia: “Los borbones son Unos ladrones”, “La policía tortura y asesina” y “Estado terrorista, estado fascista”. Tanto los acusados como los miembros del colectivo se reafirman en las frases coreadas, ya que “se trata de consignas objetivamente ciertos y demostrables”. “Se nos cita a declarar por decir que los Borbones han robado, lo que está demostrado que es así; por decir que la policía tortura, cuando hay cientos de pruebas; y por decir que el Estado es fascista, y nuestro análisis es así, porque entendemos que no se ha roto con el régimen que comenzó en el 39 “, denuncian en uno de los comunicados.

La concentración se convocó a las 20.00 h, en la plaza América de Petrer, donde se respetaron las medidas de seguridad y se reunieron una treintena de personas. El ambiente era tranquilo, pese a que “hubo algunos vecinos que creemos que, para confundir el motivo de la concentración, hicieron algunas abucheos y pusieron el himno de España”, explica el joven. Con todo, se pudo realizar y se concluyó a las 21.00 h con la lectura de un poema. Tras la concentración, efectivos de la policía -presentes durante todo el acto- fueron directamente a identificar los dos miembros del colectivo. Uno era quien había llevado el megáfono durante la concentración, y el otro, quien había notificado la convocatoria al Ayuntamiento.

Ahora, el juzgado de instrucción número 3 de Elda les tomará declaración. El abogado de los jóvenes asegura que el caso será derivado al Ministerio Fiscal, ya que, como no hay acusación particular, “el juez no puede acusar, sólo puede instruir”. Además, explica que la denuncia “no sigue la figura de injuria, sino que se han aferrado a acusar de delito de odio, ya que este sí se puede tratar en el margen penal”. Es decir, con la modificación de la Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal, en el año 2015, el delito de injurias desaparece del margen de la vía penal y pasa a la vía administrativa, si éste se considera un delito leve y no se dirige a las personas señaladas en el artículo 173.2 -relacionadas con el ámbito familiar o doméstico. En caso de que el Ministerio Fiscal considere que sí que se ha cometido un delito, los acusados se enfrentan a diferentes sanciones, que van desde uno a cuatro años de prisión, además de una multa económica a pagar durante seis meses según el patrimonio del encausado -normalmente, en estos casos, son unos seis euros al día durante el periodo establecido .

El abogado afirma que el caso “ataca directamente el derecho crucial de manifestación” y es un ejemplo más de cómo “el poder no consiente ningún movimiento disidente, movimientos que son objeto constante de intimidación y persecución”

El abogado matiza que se trata de una incongruencia todo. “Se les ha acusado de delito de odio, pero este sólo se puede ejercer contra colectivos precarios y vulnerables. Es decir, cuando se trata de un ser humano o colectivos susceptibles de ser objeto de odio o de hostilidad por motivos de género, religión, ideología, orientación sexual, orígenes … “, y ni el Estado ni la policía ni la monarquía lo son. “En todo caso, de qué policía y de qué estado estamos hablando?”, Se pregunta. De hecho, al abogado no le sorprende la denuncia de los agentes, sino que ésta haya sido admitida. Así pues, el abogado no descarta que podrían darse indicios de criminalidad contra los encausados. Para él, las mismas convocantes o aquellas que toman la palabra han sido “objeto de criminalización”, “ya no sólo por parte de la policía, sino de la autoridad competente que ha decidido pasar el caso a los juzgados “. Por lo tanto, el abogado afirma que el caso “ataca directamente el derecho crucial de manifestación” y es un ejemplo más de cómo “el poder no consiente ningún movimiento disidente, movimientos que son objeto constante de intimidación y persecución”.

Desde la Asamblea Popular de Elda y Petrer se describen como una “asamblea de trabajadoras y estudiantes antifascistas organizadas en un espacio autogestionado, horizontal e independiente”. Aseguran que estas acusaciones no se tratan de un hecho aislado, ni de un solo ataque contra dos militantes antifascistas, sino que se inscriben dentro de un marco de acciones contra todo el movimiento antifascista, autónomo y anticarcelario, especialmente de localidades donde podría ser más fácil señalar las militantes. Y recuerdan las detenciones de una decena de antifascistas en Pego o las del 12 de octubre Benimaclet: “Se trata de una persecución al antifascismo y las militancias de los pueblos y de los barrios. Hace diez años que se creó la Asamblea y no es la primera vez que esto pasa. Nos quieren meter miedo, pero nosotros nos reafirmamos y seguimos “, concluye el represaliado entrevistado.

https://directa.cat/acusats-de-delicte-dodi-dos-antifeixistes-de-petrer-per-corejar-cantics-contra-la-corona-espanyola/

Fuente: lahaine.org

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